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Las infracciones de tránsito que pueden generar arresto en la CDMX


Las infracciones de tránsito en la CDMX


En el documento “Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México”, es posible encontrar todas las normas respecto al tránsito en las vías públicas de la Ciudad de México. Y es tu obligación como conductor conocer cada una de estas normas.

Aquí se establecen, además de las normas, las sanciones para los conductores que no las respeten. Estas sanciones pueden ser multas, y en ciertos casos, también puedes arriesgar la suspensión o cancelación de tu licencia de conducir, y hasta hay algunas infracciones de tránsito que pueden generar arresto en la CDMX.


Principales infracciones de tránsito en la CDMX y los valores de sus multas 2024


Existen un montón de infracciones de tránsito, sin embargo, hay algunas que son más graves que otras, y también algunas que son mucho más comunes que las demás. En la siguiente tabla te dejamos algunas infracciones bastante comunes en la Ciudad de México, junto con sus respectivas multas:

  • No respetar el Hoy No Circula: Multa de 20 a 30 UMA, equivalente a $2,171.4 a $3,357.1 en pesos 2024.

  • No tener la tarjeta de circulación: Multa de 20 a 30 UMA, equivalente a $2,171.4 a $3,357.1 en pesos 2024.

  • Conducir sin portar licencia: Multa de 10 a 20 UMA, equivalente a $1,085.7 a $2,171.4 en pesos 2024.

  • Conducir a exceso de velocidad: Multa de 10 a 20 UMA, equivalente a $1,085.7 a $2,171.4 en pesos 2024.

  • No contar con las placas de matrícula frontal y posterior: Multa de 20 a 30 UMA, equivalente a $2,171.4 a $3,357.1 en pesos 2024.

  • Conducir utilizando el teléfono celular: Multa de 30 a 35 UMA, equivalente a $3,357.1 a $3,799.95 en pesos 2024.

Pero ninguna de estas infracciones implica, además, la opción de pagar con el arresto administrativo. Conoce cuáles son las que sí lo implican a continuación.


¿Cuáles son las infracciones de tránsito que pueden generar arresto en la CDMX?


Las autoridades de tránsito están facultadas para llevar a cabo un arresto administrativo cuando los conductores incurren en ciertas infracciones de tránsito, pero esto solo en los siguientes casos y por cierta cantidad de horas:

  • Embestir con el vehículo al conductor de un vehículo no motorizado, o a un peatón, sin ocasionar lesiones. Multa: 11, 15 o 20 UMA ($1,194.27, $1,628.55 o $2,171.2). Horas de arresto administrativo: 13 a 24 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Efectuar reparaciones a vehículos en la vía pública, salvo en casos de emergencia. Multa: 1, 5 o 10 UMA ($108.57, $542.85 o $1,085.7). Horas de arresto administrativo: 6 a 12 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Organizar o participar en competencias vehiculares de alta velocidad, acrobacias y maniobras riesgosas. Multa: 21, 25 o 30 UMA ($2,279.97, $2,714.25 o $3,257.1). Horas de arresto administrativo: 20 a 36 horas. Arresto administrativo inconmutable: Sí.

  • Colocar, instalar, arrojar o abandonar objetos o residuos que entorpezcan la libre circulación. Multa: 11, 15 o 20 UMA ($1,194.27, $1,628.55 o $2,171.2). Horas de arresto administrativo: 13 a 24 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Utilizar inadecuadamente, obstruir, limitar, dañar, colocar, deteriorar o destruir la señalización vial. Multa: 21, 25 o 30 UMA ($2,279.97, $2,714.25 o $3,257.1). Horas de arresto administrativo: 25 a 36 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Colocar cualquier objeto o señalización para reservar estacionamiento en la vía pública sin autorización. Multa: 11, 15 o 20 UMA ($1,194.27, $1,628.55 o $2,171.2). Horas de arresto administrativo: 13 a 24 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Cerrar u obstruir la circulación con vehículos, plumas, rejas o cualquier otro objeto, a menos que se cuente con autorización. Multa: 1, 5 o 10 UMA ($108.57, $542.85 o $1,085.7). Horas de arresto administrativo: 6 a 12 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Instalar dispositivos para el control del tránsito que obstaculicen o afecten la vía, a menos que se cuente con la autorización. Multa: 1, 5 o 10 UMA ($108.57, $542.85 o $1,085.7). Horas de arresto administrativo: 6 a 12 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Utilizar símbolos y leyendas características de la señalización vial para fines publicitarios. Multa: 1, 5 o 10 UMA ($108.57, $542.85 o $1,085.7). Horas de arresto administrativo: 6 a 12 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Colocar luces, dispositivos o cualquier objeto que confunda, desoriente o distraiga a peatones o conductores. Multa: 1, 5 o 10 UMA ($108.57, $542.85 o $1,085.7). Horas de arresto administrativo: 6 a 12 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Realizar trabajos en la vía pública sin contar con los dispositivos de desvío y protección de obra, ni la señalización en materia de protección civil. Multa: 1, 5 o 10 UMA ($108.57, $542.85 o $1,085.7). Horas de arresto administrativo: 6 a 12 horas. Arresto administrativo inconmutable: No.

  • Conducir con más de 0.8 gramos por litro de alcohol en la sangre, o 0.4 miligramos por litro de alcohol en aire. Multa: 60 UMA ($6,514.2), y solo si eres el dueño del vehículo, pero no el conductor, y pasados 30 días el conductor no ha cumplido con el arresto. Horas de arresto administrativo: 20 a 36 horas. Arresto administrativo inconmutable: Sí.

En los casos en que el arresto administrativo es inconmutable, quiere decir que se debe aplicar esta sanción sí o sí, junto con las demás que implique la infracción. Esto sería, entonces, en el caso de que conduzcas ebrio, y en el caso de organizar o participar en carreras vehiculares de alta velocidad.

Y cuando el arresto administrativo no es inconmutable, quiere decir que la sanción aplicada será la multa o el arresto, junto con los puntos de penalización a la licencia de conducir que corresponda. Esto lo decide el Juez Cívico.


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